Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se declara el cumplimiento parcial de las órdenes proferidas en sentencia de tutela
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-817/12.
Con el presente auto se declara parcialmente incumplida la orden impartida en el ordinal tercero del acápite resolutivo de la precitada providencia, y se deja sin efectos la decisión de segunda instancia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que se cuestionó en sede de tutela.
Consecuentemente, se ordena a dicha Corporación proferir un nuevo fallo que resuelva el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Ibagué dentro de la misma causa administrativa mencionada, pero teniendo en cuenta lo establecido en la Sentencia T-817/12 en relación con la valoración probatoria en torno a la acreditación de los supuestos establecidos en el parágrafo del artículo 195 del Decreto 1211 de 1990, modificado por el artículo 9º de la Ley 447 de 1998.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR parcialmente incumplida la Sentencia T-817 de 2012 por parte del Juzgado
- Septimo. Administrativo del Circuito de Ibague y del Tribunal Administrativo del Tolima, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto.
- SEGUNDO. DEJAR sin efectos la decision de segunda instancia dictada el 1o de octubre de 2014 por el Tribunal Administrativo del Tolima, dentro de la accion de nulidad y restablecimiento del derecho que impetro Maria Maud Restrepo Rey contra la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y la litisconsorte necesaria Clara Nancy Herrera de Cardenas.
- TERCERO. ORDENAR al Tribunal Administrativo del Tolima que, en el termino de veinte (20) dias, contados a partir de la notificacion de este proveido, profiera una nueva sentencia que resuelva el recurso de apelacion interpuesto por Maria Maud Restrepo Rey contra la sentencia dictada el 29 de noviembre de 2013 por el Juzgado
- Septimo. Administrativo del Circuito de Ibague, teniendo en cuenta lo establecido en la parte motiva de la Sentencia T-817 de 2012, en relacion con la valoracion probatoria en torno a la acreditacion de los supuestos establecidos en el paragrafo del articulo 195 del Decreto 1211 de 1990, modificado por el articulo 9o de la Ley 447 de 1998.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, librense las comunicaciones correspondientes. A efectos de cumplir con el ordinal anterior, remitase el expediente de la accion de nulidad y restablecimiento del derecho que impetro Maria Maud Restrepo Rey contra la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y la litisconsorte necesaria Clara Nancy Herrera de Cardenas al Tribunal Administrativo del Tolima, dejando las constancias a que haya lugar.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.